Definición: Una clasificación armonizada es una clasificación jurídicamente vinculante a escala de la UE para una sustancia incluida en la tabla 3 del anexo VI del CLP, que todo proveedor debe aplicar.
Las entradas armonizadas pueden incluir límites de concentración específicos, factores M, ETA y notas. Las clases de peligro no contempladas en la entrada deben seguir siendo autoclasificadas por el proveedor.
El anexo VI se actualiza mediante adaptaciones al progreso técnico (ATP), cada una con una fecha de transición. El uso de una fila desactualizada es uno de los errores más comunes en las FDS.